Registro SAC (a partir del 01/01/2020)

Categoría: Registros Empresariales


Los contribuyentes del impuesto de primera categoría determinado sobre renta efectiva según contabilidad completa, deben controlar en el registro SAC los créditos por impuesto corporativo y por impuestos pagados en el exterior, al que tendrán derecho los propietarios al momento de percibir las utilidades acumuladas en la empresa a título de retiro, remesa o distribución. En este módulo podrás conocer las principales características y alcances de este registro.



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Este es un módulo de estudio vigente y su contenido fue desarrollado a partir de la Ley Nº 21.210 (2020) de Modernización Tributaria.

No se han registrado cambios posteriores en esta materia. Se mantienen los sistemas de tributación establecidos a contar del 01/01/2020, así como sus respectivos registros empresariales.

AUTOEVALÚATE ANTES DE COMENZAR


1. ¿Cuándo entraron en vigencia los regímenes de tributación de las rentas empresariales introducidos por la Ley N° 21.210, que deben llevar el registro Saldo Acumulado de Créditos (SAC)?

El 1º de enero de 2018.

El 1º de enero de 2019.

El 1º de enero de 2020.

El 1º de enero de 2021.

2. ¿Qué contribuyentes deben llevar el registro SAC?

Sólo aquellos sujetos al régimen general de tributación del art. 14 letra A de la LIR.

Sólo aquellos sujetos al régimen Pro-PYME general del art. 14 letra D Nº 3 de la LIR.

Sólo aquellos sujetos al régimen Pro-PYME transparente del art. 14 letra D Nº 8 de la LIR.

Los contribuyentes sujetos a los regímenes general de tributación y Pro-PYME general de los arts. 14 letra A y 14 letra D Nº 3 de la LIR, respectivamente.

3. ¿Existe alguna disposición en la LIR que libere a los contribuyentes indicados en la pregunta anterior de llevar este registro?

No, el SAC es un registro obligatorio que debe ser llevado siempre.

No, salvo que el contribuyente tenga ingresos anuales de hasta UF 100.000.-

Sí, esta posibilidad se encuentra expresamente normada en la LIR.

Sí, en la medida que el SII lo autorice mediante resolución fundada.

4. ¿Qué calificación tributaria deben poseer los retiros, remesas o distribuciones de utilidades para tener derecho al crédito controlado en el registro SAC?

Afectos a impuestos finales (global complementario o adicional).

Exentos de impuesto global complementario.

Ingresos no constitutivos de renta.

Cualquier de las anteriores.