Reinversión de utilidades y registro FUR (hasta el 31/12/2016 y sus efectos posteriores)

Categoría: Registros Empresariales


En sintonía con los regímenes de tributación de las rentas empresariales que incorporó la reforma de 2014, que se mantuvieron vigentes hasta el 31/12/2019, la Ley Nº 20.780 eliminó la posibilidad de postergar los impuestos finales de los retiros reinvertidos, destinados a financiar el capital de otras empresas. En este módulo conocerás los alcances de este cambio legal, que rige desde el 01/01/2017, así como el tratamiento de las reinversiones acumuladas hasta el 31/12/2016 y sus efectos posteriores.



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Este es un módulo de estudio histórico y su contenido fue desarrollado según la normativa previa a los cambios incorporados por las leyes Nº 20.780 (2014) de Reforma Tributaria y 20.899 (2016) de Simplificación de la reforma.


¿Por qué es histórico?
La Reforma Tributaria y su posterior Simplificación reemplazaron el art. 14 de la LIR, eliminando el mecanismo de reinversión de utilidades a contar del 01/01/2017, que permitía a los propietarios de las empresas postergar el pago de sus impuestos finales.

AUTOEVALÚATE ANTES DE COMENZAR


1. ¿Hasta qué fecha los contribuyentes podían postergar la tributación de los impuestos finales por los retiros reinvertidos, conforme a los cambios introducidos por las leyes Nº 20.780 y 20.899?

Hasta el 30 de septiembre de 2015.

Hasta el 31 de diciembre de 2015.

Hasta el 31 de diciembre de 2016.

Hasta el 31 de diciembre de 2017.

2. ¿Qué requisitos debía cumplir un retiro de utilidades reinvertido para postergar el devengamiento de los impuestos finales?

Debía ser reinvertido en empresas obligadas a determinar su renta efectiva según contabilidad completa.

Debía materializarse a través de aumentos efectivos de capital o adquisición de acciones de pago.

Entre la fecha del retiro y la de reinversión, no podía transcurrir un plazo superior a 20 días.

Todas las anteriores.

3. Hasta el 31/12/2016: ¿Qué contribuyentes podían optar a la postergación de impuesto por el retiro reinvertido de utilidades?

Sólo contribuyentes del impuesto global complementario.

Sólo contribuyentes del impuesto adicional.

Contribuyentes del impuesto global complementario y adicional.

Sólo contribuyentes del impuesto de primera categoría.

4. ¿En qué registro deben ser controladas las reinversiones de utilidades tributarias recibidas durante los ejercicios comerciales 2015 y 2016?

En el registro FUR (Fondo de Utilidades Reinvertidas).

En el registro FUT (Fondo de Utilidades Tributarias).

En el registro FUF (Fondo de Utilidades Financieras).

No corresponden ser controladas en ningún registro.