Constitución de sociedades

Categoría: Reorganización


Una de las primeras decisiones que deben tomar quienes inician una actividad económica es la forma en que operarán, pudiendo hacerlo de manera individual, o bien, a través de una sociedad. En este módulo podrás conocer las principales características jurídicas y tributarias referidas a la constitución de sociedades, así como las obligaciones impositivas que deben cumplirse luego de iniciar un negocio.



Calificación de los usuarios:
imagen informativa

Este es un módulo de estudio vigente y su contenido fue desarrollado conforme a sus disposiciones de origen.

Si bien se mantienen vigentes las disposiciones que rigen la constitución de sociedades, las siguientes normas incorporaron cambios en esta materia:


  • Leyes Nº 20.780 (2014) y 20.899 (2016): Introdujeron modificaciones en este tema a contar del 01/01/2017, en armonía con los regímenes de tributación que incorporó este cambio legal.

  • Ley Nº 21.210 (2020): Introdujo nuevas modificaciones a contar del 01/01/2020, en armonía con los regímenes de tributación que incorporó este cambio legal.

AUTOEVALÚATE ANTES DE COMENZAR


1. ¿Cuáles son las formalidades para constituir una sociedad de responsabilidad limitada?

Escritura pública.

Inscripción de un extracto de la escritura pública en el Registro de Comercio.

Publicación de un extracto de la escritura pública en Diario Oficial.

Todas las anteriores.

2. A contar del otorgamiento de la escritura de constitución de una sociedad anónima: ¿Qué plazo señala la ley para cumplir con todos los demás trámites asociados a su perfeccionamiento jurídico?

20 días.

30 días.

60 días.

90 días.

3. Una vez constituida una sociedad que desarrollará actividades sujetas al impuesto de primera categoría: ¿Qué plazo tiene para dar aviso de inicio de actividades al SII?

Un mes a contar de la fecha de la escritura de constitución.

Un mes a contar del primer acto de comercio que realice u operación que incida en la determinación de un impuesto.

Dos meses a contar de la fecha de la escritura de constitución.

Dos meses a contar del primer acto u operación que incida en la determinación de un impuesto.

4. Conforme a las disposiciones tributarias vigentes entre el 01/01/2017 y el 31/12/2019: ¿A qué régimen de tributación de las rentas empresariales puede optar una sociedad anónima?

Sólo puede estar en el régimen de renta atribuida (art. 14 letra A de la LIR, vigente hasta el 31/12/2019).

Sólo puede estar en el régimen parcialmente integrado (art. 14 letra B de la LIR, vigente hasta el 31/12/2019).

Sólo puede estar en el régimen simplificado de tributación del art. 14 ter letra A de la LIR, vigente hasta el 31/12/2019.

Puede escoger libremente cualquiera de los regímenes indicados anteriormente.